Ley de Protección de Animales en Michoacan es inoperante y no aplicable: Diputados


La Comisión de Recursos Naturales y Medio Ambiente acordó este día trabajar sobre una sola iniciativa de Ley de Protección Animal para el Estado de Michoacán en la que las propuestas hechas por los diputados Arturo Guzmán Ábrego (PVEM) y Librado Martínez Carranza (PAN) en las iniciativas que presentaron en el Pleno Legislativo, sean contempladas en un nuevo marco normativo.

Durante la reunión celebrada este día en el Salón de Recepciones del Congreso del Estado los integrantes de dicha comisión establecieron que ambas iniciativas presentadas convergen en algunos artículos, por lo que consideraron integrar los capitulados de las dos, en una sola iniciativa de Ley.

De esta manera, el Presidente de la Comisión, Librado Martínez así como los integrantes, José de Jesús Lucas Ángel (PRD), Martín Cardona Mendoza (PRI) y Arturo Guzmán Ábrego, con apoyo de investigadores del Centro de Estudios Legislativos y asesores analizaron primero los nueve capítulos, 128 artículos y dos transitorios propuestos en la sesión en julio del 2009; a la vez que estudiaron los 16 capítulos, 92 artículos y siete transitorios presentados ante el Pleno el pasado 4 de noviembre.

Los legisladores coincidieron en la importancia de trabajar en la iniciativa al establecer que la actual, que data de 1988, es inoperante y no aplicable.

De él análisis realizado, se estableció que la iniciativa presentada por Arturo Guzmán propone la creación de un padrón de asociaciones protectoras de los animales, con el objeto de conocer las actividades de éstas y hace énfasis en el cuidado que deberán recibir los animales dentro de los centros de recreación, como son los circos, ferias, zoológicos.

Establece el procedimiento que se deberá realizar para la reclamación del animal por parte del poseedor cuando éste hubiese sido capturado por las autoridades y lo hayan trasladado a los centros de control canino; a la vez que queda estrictamente prohibido el uso de animales enfermos, heridos o hembras en el último tercio de gestación, en actividades de carga, cabalgata y tiro.

En otro artículo mandata que los animales que se encuentren en exhibición y venta no deberán permanecer de manera continúa en jaulas por más de veinte días, y, determina el procedimiento para realizar una denuncia a las autoridades competentes.

Por otra parte, al iniciativa presentada por el diputado Librado Martínez propone la creación de la Comisión Estatal de Protección y Conservación de los Animales, como dependencia descentralizada, así mismo, la creación de direcciones municipales en coordinación con la antes señalada.

Establece un registro de animales para un mejor control y hace alusión sobre las corridas de toros en donde se prohíbe la entrada a menores de edad; y, define cómo se deberá realizar la captura de los animales abandonados que serán trasladados a los albergues.

Finalmente propone se prohíban las prácticas con animales hasta el nivel medio superior, dándole respaldo al alumno que sea obligado por los profesores, a no realizar dichas prácticas; mientras que respecto a la cría de animales con fines de comercialización, sugiere que los establos y granjas deberán ubicarse por lo menos a cinco kilómetros de distancia de los centros de población.
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1 comentario:

  1. Y los controles de aplicabilidad? se trataba de la Ley actual era ociosa, y habría que corregir eso. La propuesta de los diputados no dice nada al respecto, es decir queda igual la cosa.

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