Niegan a tequileros registrar el vocablo "Agave" como marca comercial








2/02/2012.- La Comisión Federal de Competencia envió una opinión vinculatoria al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) para que se abstenga de expedir el anteproyecto en el que se establecería la palabra Agave como marca exclusiva de uso de los tequilas, mezcales y bacanoras que están dentro de las denominaciones de origen (DO) de estas bebidas. La COFECO ha señalado que esto impediría que los productos que se elaboran a partir de Agave fuera de la DO pudieran referir que están elaborados a partir de ella. Esto excluiría a los productores de mezcal que han sido ya excluidos de utilizar la palabra mezcal, de señalar que su bebida está elaborada con Agave, así como a los consumidores de la posibilidad de saber las cualidades de las bebidas que están consumiendo.

En la opinión vinculatoria que envió COFECO al IMPI y que sólo podría ser modificada por el Presidente de la República, se señala: "La Comisión considera que el anteproyecto no cuenta con elementos suficientes para sustentar la emisión de la regulación propuesta. Por el contrario, introduciría o podría introducir serias distorsiones a los mercados de producción, distribución y comercialización de bebidas alcohólicas elaboradas con agave, en contrasentido a lo establecido por la Ley de Propiedad Industrial".

El IMPI comentó que esperaría el dictamen final de COFEMER. COFEMER emitió este dictamen el día de ayer en el que, al igual que COFECO, también rechaza esta propuesta por considerar que tendría impactos negativos sobre los productores de bebidas que son elaboradas a partir de Agave y que no están en la DO, así como sobre los consumidores que no tendrían derecho a estar informados sobre la verdadera composición de un producto.

En su dictamen final, COFEMER señala: “el anteproyecto impactará negativamente a los productores de Bebidas Genéricas (las bebidas de Agave fuera de la denominación de origen), al obstaculizar la comercialización de sus productos debido a la falta de precisión en su información comercial sobre el insumió con el que efectivamente están elaboradas dichas bebidas, lo cual no sólo afectará a los productores, sino que también puede afectar a los consumidores”.

La amenaza sobre los productores que utilizan el agave y, en especial, sobre los mezcaleros que están fuera de la DO de mezcal, continua ahora con la propuesta de Norma Oficial Mexicana 186 que ha presentado la Secretaría de Economía (SE) junto con la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) ante COFEMER. Más de 2,000 expertos, organizaciones, productores, comercializadores y “bar-tenders” de diversos países que han expresado su oposición tanto a las iniciativas del IMPI y de SE y PROFECO señalan que la propuesta NOM 186 representa una amenaza más grave a los productores que el propio intento de volver marca el vocablo “Agave”.


En el dictamen final que COFEMER envía al IMPI, al tiempo le rechaza la propuesta de volver el vocablo “Agave” una marca, señala que la propuesta de NOM 185 “resultaría una alternativa viable”. Al respecto, Catarina Illsley, del Grupo de Estudios Ambientales, señaló: “Hemos expresado nuestra oposición a esta NOM ya que establece varias amenazas a los productores y crearía un marco regulatorio anticompetitivo. Con esta NOM los productores de mezcal fuera de la DO, no sólo no podrían llamarle mezcal a su producto sino tampoco “Destilados de Agave” , tendrían que llamarles “Aguardientes o Destilados de agaváceas”, aunque estén elaborados a partir de agaves; no podrían declarar el contenido de azúcares de Agave del que están elaborados, aunque sean 100% Agave; no podrían producir mezcales tradicionales, típicamente elaborados 100% de Agave y con contenido alcohólico entre 40 y 55%, sino bebidas con menor calidad; y aún peor: no podrían elaborarlas con agaves cultivados en sus propios territorios, si es que están dentro de una DO (ej. los mezcaleros de Jalisco no podrían producir sus bebidas con agaves de la región que tiene DO de tequila).

La intención del IMPI como la de la SE y PROFECO responde a una iniciativa promovida por la gran industria del Tequila que pretende sacar de la competencia, principalmente, a los productores de Mezcal que no se encuentran dentro de la DO. Si bien con la NOM no insisten en registrar una marca Agave, sí mantienen que éste vocablo sólo sea permitido para describir los contenidos de bebidas protegidas por las denominaciones de origen. Las demás tendrán que usar el genérico agavácea. Los productores perderían así el derecho de informar sobre uno de los aspectos de distinción más importantes de los mezcales: la especie de agave de la que se elabora. Hay que recordar que el mezcal, que se elabora en 26 estados de México, a partir de 39 especies de plantas de la familia agavácea, es la bebida alcohólica que proviene de mayor diversidad biológica en el mundo. De esas, sólo 7 especies se encuentran protegidas por las denominaciones de origen, que abarcan partes de 6 estados (Jalisco, Michoacán, Tamaulipas, Sonora, Oaxaca, Guanajuato) y los estados completos de Guerrero, Durango, Zacatecas y San Luis Potosí. Esta limitación afectará tanto a los productores como a los consumidores que no tendrán información suficiente para decidir su compra.

“No encontramos como COFEMER pueda elaborar un dictamen positivo al anteproyecto de NOM presentado por SE y PROFECO ya que los argumentos para rechazar la propuesta del IMPI para establecer el vocablo “Agave” como marca, se aplican perfectamente para rechazar la propuesta de esta NOM. Sin embargo, COFEMER le ha expresado al IMPI que esta NOM es una “alternativa viable”, una declaración que puede poner en peligro derechos de productores y consumidores”, concluyó el director de El Poder del Consumidor, Alejandro Calvillo.
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