TEEM insta a IEM investigar topes de gastos a @MarkoCortes





7 de junio de 2012.-
El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, en sesión pública, revocó el acuerdo del CG del IEM en el que determinó que Marko Cortés Mendoza no rebasó el tope de gastos de precampaña.

Al respecto, la sentencia se destacó que la autoridad administrativa omitió allegarse de los medios de prueba suficientes que le permitieran constatar la veracidad de los gastos en espectaculares y rotulación de vehículos del servicio público, reportados por el PAN.

Por tal motivo, los Magistrados del TEEM resolvieron que el IEM recabara las pruebas necesarias que permitan esclarecer la duda razonable respecto del costo o precio real de los servicios prestados, toda vez que, en opinión del PRI, se presentaron gastos con un precio muy por debajo del valor real, y para demostrarlo, exhibió una cotización expedida por una empresa especializada en la prestación de esa clase de servicios, con la que, según dicho del actor, se demostraba el valor comercial de lo contratado.

Se destaca en la resolución que si se demostrara que, ciertamente, los proveedores proporcionaron un precio inferior al real, con ello se estaría afectando el principio de equidad en la contienda, ya que, personas ajenas al proceso electoral (proveedores) estarían incidiendo para favorecer a una opción política, en tanto que le estarían proporcionando bienes y servicios a precios privilegiados, y esto eventualmente generaría una ventaja indebida respecto de los demás contendientes, a quienes se les ofrecerían los servicios a su precio real.

En su intervención, el Magistrado presidente Jaime del Río Salcedo, resaltó que la decisión del órgano jurisdiccional era un claro y contundente paso para lograr una auténtica y eficaz fiscalización de los recursos de los partidos y sus candidatos.

“En el TEEM decimos sí a la transparencia, sí a la rendición de cuentas, sí a la certeza, sí a la legalidad, sí a la equidad y no al fraude a la ley. El TEEM es un árbitro confiable que no va a dejar pasar un balón o un fuera de lugar”, mencionó.

Finalmente, se resolvió confirmar el registro del candidato a la presidencia municipal del PAN, ya que este no fue impugnado por vicios propios, sino en virtud de un presunto rebase del tope de gastos de precampaña, y la realización de actos anticipados de campaña, ambos situaciones resueltas en diversos procedimientos de los cuales se ordenó reponer el relativo a la fiscalización y, en el otro, se desestimó la existencia de violaciones graves.
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